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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGN_111220/119
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Artículo
119

Artículo 119 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La citación es un reconocimiento que se le da a un miembro de la institución por hacer algo importante, pero que no es tan grande como para merecer una condecoración, mención honorífica o distinción. Se puede hacer de palabra o por escrito, y es como un "aviso" o mención especial por su buen trabajo. Es un tipo de felicitación oficial, pero no te da derecho a medallas ni premios formales.

Texto oficial

Artículo 119. La citación consiste en el reconocimiento verbal y escrito al integrante, por haber realizado un hecho relevante, pero que no amerite o esté considerado para el otorgamiento de los estímulos de condecoración, mención honorífica y distinción.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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