- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
- Artículo
- 119
Artículo 119 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La citación es un reconocimiento que se le da a un miembro de la institución por hacer algo importante, pero que no es tan grande como para merecer una condecoración, mención honorífica o distinción. Se puede hacer de palabra o por escrito, y es como un "aviso" o mención especial por su buen trabajo. Es un tipo de felicitación oficial, pero no te da derecho a medallas ni premios formales.
Texto oficial
Artículo 119. La citación consiste en el reconocimiento verbal y escrito al integrante, por haber realizado un hecho relevante, pero que no amerite o esté considerado para el otorgamiento de los estímulos de condecoración, mención honorífica y distinción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.