Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un trabajador gana un juicio para que le paguen sueldos que le deben, solo le pagarán los salarios que se fueron acumulando desde que le avisaron oficialmente la sentencia (la notificación). Eso sí, el límite es un máximo de 12 meses contados desde ese aviso. Además, le pagarán con el sueldo que valga en el momento en que le liquiden, no el que ganaba antes. Esto evita que la deuda se alargue por años.
Texto oficial
Artículo 132. El integrante que obtenga de la autoridad jurisdiccional resolución que resolviere el pago de salarios vencidos, sólo tendrá derecho al pago de hasta un período computado desde la fecha de notificación de la respectiva resolución hasta por un período máximo de doce meses, a razón del salario que corresponda a la fecha en que se realice el pago.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.