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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGN_111220/144
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Artículo
144

Artículo 144 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te vayas de vacaciones, además de tu sueldo normal, te deben pagar un bono extra del 25% sobre lo que ganas en esos días. Por ejemplo, si tu sueldo base es de $100 por día, recibirás $25 más por cada día de vacaciones. Este pago extra se llama prima vacacional y es un derecho para todos los trabajadores.

Texto oficial

Artículo 144. Los integrantes que disfruten de sus períodos vacacionales percibirán una prima adicional de un veinticinco por ciento sobre el sueldo base que les corresponda durante dichos períodos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (pág. 82) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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