Artículo 154 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La licencia es un permiso que se te da para faltar al trabajo sin que te descuenten el día o te castiguen. En este caso, el artículo dice que esa licencia incluye la de maternidad (para cuando una mujer tiene un bebé) y la de paternidad (para cuando un hombre es papá). Los detalles de cuántos días te tocan y cómo pedirlos los marca otra ley, no este artículo. En resumen, si eres mamá o papá, tienes derecho a faltar al trabajo por eso, según lo que digan las reglas correspondientes.
Texto oficial
Artículo 154. La Licencia comprenderá la de maternidad y paternidad en términos de las disposiciones aplicables. TÍTULO QUINTO PERSONAL Capítulo Único De la Situación de sus Integrantes
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.