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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Artículo
169

Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un Consejo de Disciplina (el grupo que decide castigos por faltas) te aplica una sanción, tiene que mandar una copia oficial de su decisión a tu jefe directo, al área de administración y finanzas, al sistema de registro de la Secretaría y a tu superior de mayor rango. Esto sirve para que quede un registro formal del castigo y todas las áreas involucradas estén enteradas. Básicamente, no se queda en secreto: avisan a varios lados para que sepan lo que pasó.

Texto oficial

Artículo 169. El Consejo de Disciplina correspondiente cuando imponga una sanción remitirá copia certificada de la resolución correspondiente al Comandante, a la Coordinación de Administración y Finanzas, al sistema de información de la Secretaría y al superior jerárquico. Capítulo II De los Consejos de Disciplina

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (pág. 86) ↗

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