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Artículo 176 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Manual de Procedimientos de los Consejos de Disciplina debe decir, paso a paso, cómo se tiene que llevar a cabo la audiencia pública. Ese manual lo va a hacer la propia institución para que todo se haga de manera clara y ordenada. La audiencia pública es donde se ventila el caso frente a todos, para que no haya dudas. En pocas palabras, el artículo dice que ya existen reglas escritas para que el proceso sea justo y transparente.

Texto oficial

Artículo 176. El Manual de Procedimientos para los Consejos de Disciplina de la Institución establecerá la forma en que debe conducirse la audiencia pública. Capítulo III Del Consejo de Comisarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

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