Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno federal haga planes, acciones o programas para apoyar a las mujeres, todas sus oficinas y dependencias deben seguir la regla de la equidad de género. Esto significa que, aunque hombres y mujeres sean diferentes biológicamente, no por eso uno debe tener más derechos o oportunidades que el otro. La ley también dice que hay que valorar igual el papel de la mujer y del hombre en la familia, y evitar cualquier tipo de discriminación contra las mujeres, ya sea de una persona o de un grupo.
Texto oficial
Artículo 26.- En la formulación de la política, la elaboración de los instrumentos programáticos, la realización de las acciones y la promoción de iniciativas en favor de la mujer, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, observarán el principio de equidad de género. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por género, el conjunto de ideas, creencias, representaciones y atribuciones de nuestra cultura tomando como base la diferencia sexual. La equidad de género se traducirá en el establecimiento y fortalecimiento de mecanismos destinados a impulsar la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de mujeres y hombres; revaloración del papel de la mujer y del hombre en el seno familiar, así como la no discriminación individual y colectiva hacia la mujer.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.