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Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Cédula de Identidad Ciudadana es un documento oficial que te identifica como mexicano o mexicana. El Registro Nacional de Población es la autoridad encargada de decidir qué información debe aparecer en esa cédula. Además de los datos que ya marca el artículo 107 de la ley, esta oficina puede agregar otros datos o elementos que considere necesarios. Es decir, ellos definen los detalles finales de tu identificación personal.

Texto oficial

Artículo 49.- El Registro Nacional de Población determinará los datos y elementos que deberá contener la Cédula de Identidad Ciudadana, además de los señalados por el artículo 107 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.