Artículo 57 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Tu Cédula de Identidad Personal dura seis años. Pero si tus papás o tutores consideran que ya no te pareces a la foto de la cédula, la pueden renovar antes. Esto aplica solo para niños, niñas y adolescentes.
Texto oficial
Artículo 57.- La Cédula de Identidad Personal tendrá una vigencia de seis años, y podrá renovarse cuando a criterio de los padres o tutores los rasgos físicos del o la menor no correspondan con los de la fotografía que porta la cédula.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.