Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGPC_091215/54
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Artículo
54

Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Nacional funciona según las reglas que están escritas en un manual especial del Sistema Nacional de Protección Civil. Ese manual es como un instructivo que dice cómo se debe organizar y trabajar este Comité. Todo lo que haga el Comité tiene que seguir lo que dice ahí. En pocas palabras, no pueden hacer las cosas a su manera, sino como lo marca ese documento.

Texto oficial

Artículo 54. El funcionamiento y operación del Comité Nacional se regirá por el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil, explicado | Precedente Legal