Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para registrarte en el sistema electrónico del que habla este reglamento, solo necesitas dar tres datos: tu CURP (la Clave Única de Registro de Población, que es tu identificación oficial), tu nombre completo y tu correo electrónico. No te piden nada más, así que con eso ya quedas dado de alta.
Texto oficial
Artículo 85. Los datos que deberán proporcionar los particulares para darse de alta en el sistema electrónico a que se refiere el artículo 80 del presente Reglamento, serán los siguientes: I. La clave única de registro de población; II. Nombre completo, y III. Correo electrónico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.