Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 117 dice que para meter residuos peligrosos al país y luego reusarlos o reciclarlos, tienes que cumplir tres condiciones. Primero, la empresa que los importa debe ser la misma que los va a procesar y necesita un permiso especial del gobierno. Segundo, solo puedes importar la cantidad que tu permiso te autorice, sin pasarte de lo que tu empresa puede procesar en un año. Tercero, los residuos que generes al reciclar deben ser menos de los que importaste, y esos sobrantes se manejarán según lo que digan las autoridades correspondientes. Básicamente, no puedes importar más basura peligrosa de la que puedas transformar.
Texto oficial
Artículo 117.- La importación de residuos peligrosos para reutilización o reciclaje estará sujeta a las siguientes condiciones: I. El destinatario debe ser el importador y éste debe contar con autorización para la reutilización o reciclaje por parte de la Secretaría; II. La cantidad de residuo peligroso que se autorizará importar, tiene como límite máximo la capacidad anual de reutilización o reciclado que se señale en la autorización correspondiente de la empresa, y III. La cantidad generada de residuos provenientes de la reutilización o el reciclaje deberá ser menor a la cantidad importada de residuos peligrosos, en todo caso, dichos residuos se sujetarán a lo que establezcan las autoridades competentes en la materia. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 46
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.