Artículo 19 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los gobiernos de los estados y municipios de México pueden compartir los planes de manejo de basura en sus territorios. Esto lo hacen para que la gente sepa cómo aprovechar mejor los residuos, construir instalaciones adecuadas y crear mercados donde se puedan vender o reciclar los materiales de desecho.
Texto oficial
Artículo 19.- Las entidades federativas y los municipios podrán dar a conocer los planes de manejo señalados en el artículo anterior en sus respectivas jurisdicciones territoriales, a fin de promover su uso eficiente, el establecimiento de infraestructura y el desarrollo de mercados de valorización de los residuos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.