Artículo 93 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los confinamientos controlados (lugares donde se guardan residuos peligrosos de forma segura) se dividen en dos tipos. Primero, según quién los tenga: pueden ser propios (de la misma empresa que genera los residuos) o para dar servicio a otras empresas. Segundo, según las celdas (los espacios donde se meten los residuos): unas reciben solo un tipo de residuo de un solo generador, otras solo residuos que no reaccionen mal entre sí, y otras aceptan diferentes tipos de residuos.
Texto oficial
Artículo 93.- Los confinamientos controlados se clasifican: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 37 I. Por las instalaciones en donde se realiza el confinamiento en: a) Propias, conforme al 66 de la Ley, o b) Para la prestación de servicios a terceros; II. Por sus celdas en: a) Monoresiduales, los que reciban un solo tipo de residuo, de un solo generador; b) Residuales Compatibles, los que reciben sólo residuos compatibles, incluyendo los que provengan de procesos productivos similares, o c) Multiresiduales, los que reciben distintos tipos de residuos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.