- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
- Artículo
- 22
Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo tiene que hacer unas reglas propias para organizar cómo va a trabajar. Esas reglas deben seguir lo que ya dice la Ley y este Reglamento, sin pasarse de ahí. Básicamente, el Consejo no puede inventar sus propias reglas fuera de lo que ya está establecido.
Texto oficial
Artículo 22. Las Reglas Internas que expida el Consejo regularán su operación y funcionamiento, tomando en cuenta lo señalado en la Ley y en el presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.