Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres parte de un grupo de la sociedad o del sector privado, o simplemente eres una persona que detecta algo malo o irregular en una guardería o centro de cuidado infantil, puedes presentar una queja ante las autoridades encargadas. Esas quejas son sobre fallas o problemas que veas en el lugar, siempre siguiendo las reglas que las mismas autoridades hayan puesto para hacerlo. En resumen, tienes derecho a reportar cualquier cosa que no esté funcionando bien en estos centros.
Texto oficial
Artículo 59. Las organizaciones representativas de los sectores social y privado o las personas interesadas podrán presentar quejas ante las Autoridades Competentes, respecto de las irregularidades e incumplimientos que se detecten u ocurran en los Centros de Atención, en términos de los Lineamientos que al efecto emitan las Autoridades Competentes. Capítulo XIII De la Evaluación de la Política Nacional de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.