Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión (un grupo de personas que se encarga de ciertos temas) puede pedir ayuda a expertos invitados para que apoyen en sus programas o actividades, cuando sea necesario o si antes ya han colaborado con ellos. Estos expertos participan por su propia voluntad, sin recibir pago, solo como una ayuda honoraria. Pueden asistir a reuniones de la Comisión, de la Subcomisión Consultiva o de grupos de trabajo donde se traten asuntos de su especialidad.
Texto oficial
Artículo 43. La Comisión podrá solicitar la participación de Invitados Expertos para que coadyuven en la implementación de los programas y acciones de la Comisión, cuando así se requiera o porque han desarrollado actividades en apoyo de la Comisión. Dicha participación será voluntaria y honorífica y se realizará en las sesiones de la Comisión, de la Subcomisión Consultiva y de los grupos de trabajo en temas específicos, en las que se traten asuntos relacionados con el tema que sea de su particular interés o competencia. CAPÍTULO II DE LAS OBLIGACIONES PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN
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