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Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno federal deben crear, poner en marcha y, si es necesario, cambiar sus planes y programas para combatir la trata de personas. Todo esto lo hacen para cumplir con lo que dice otra parte de la ley (el artículo 89). El objetivo principal es ayudar mejor a las víctimas, a los afectados o a los testigos de estos delitos, y también prevenir que ocurran.

Texto oficial

Artículo 45. Para el logro de las obligaciones previstas en el artículo 89 de la Ley, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal diseñarán, implementarán y en su caso, modificarán los planes y programas en materia de trata de personas, con la finalidad de fortalecer la prevención y Asistencia y Protección de víctimas, ofendidos o testigos de los delitos previstos en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.