Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (la dependencia del gobierno federal que se encarga de carreteras, aeropuertos, etc.) va a dar pláticas y cursos para que el personal de los transportes federales (como camiones, aviones o trenes) sepa cómo prevenir la trata de personas. También repartirá información entre los usuarios de estas formas de transporte y en las carreteras, para que todos puedan identificar a posibles víctimas y se animen a denunciar. La idea es que tanto trabajadores como pasajeros estén alerta y sepan qué hacer si ven algo sospechoso.
Texto oficial
Artículo 54. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes promoverá programas de capacitación y prevención en la materia, entre el personal de los diversos medios de transporte de competencia federal, y llevará a cabo la difusión de material relativo a los delitos en materia de trata de personas entre los usuarios de medios de transporte e infraestructura carretera, a fin de fomentar la detección de posibles víctimas de estos delitos, y la cultura de denuncia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.