Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres la víctima de un delito y quieres recibir ayuda del Fondo, tienes que cumplir con los requisitos que pongan en las Reglas de Operación. Esas reglas las va a decidir un grupo de personas llamado Comité Técnico del Fondo, pero antes una oficina de la Secretaría (la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos) les va a sugerir qué poner.

Texto oficial

Artículo 76. La víctima u ofendido que pretenda acceder a los recursos del Fondo deberá cumplir con los requisitos y condiciones que establezcan las Reglas de Operación, las cuales serán determinadas por el Comité Técnico del Fondo a propuesta de la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.