Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres la víctima de un delito y quieres recibir ayuda del Fondo, tienes que cumplir con los requisitos que pongan en las Reglas de Operación. Esas reglas las va a decidir un grupo de personas llamado Comité Técnico del Fondo, pero antes una oficina de la Secretaría (la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos) les va a sugerir qué poner.
Texto oficial
Artículo 76. La víctima u ofendido que pretenda acceder a los recursos del Fondo deberá cumplir con los requisitos y condiciones que establezcan las Reglas de Operación, las cuales serán determinadas por el Comité Técnico del Fondo a propuesta de la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.