Artículo 80 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a definir las reglas generales para crear indicadores que midan cómo funcionan las acciones y programas del Gobierno Federal, los estados, los municipios y la sociedad. Estos indicadores son como calificaciones que permiten saber si las cosas se están haciendo bien o mal. Todo esto lo hace siguiendo lo que marca la fracción VII del artículo 113 de la Ley. En pocas palabras, se trata de poner reglas claras para evaluar el trabajo de gobierno y de la ciudadanía.
Texto oficial
Artículo 80. La Secretaría fijará los lineamientos generales establecidos en la fracción VII del artículo 113 de la Ley, a fin de establecer los indicadores que permitan evaluar las acciones y programas implementados por el Gobierno Federal, las entidades federativas, municipios y la sociedad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.