Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa Nacional debe incluir los puntos que ya pide el artículo 92 de la Ley, pero también agregar lo mínimo necesario en todos los planes que hagan las autoridades federales, los gobiernos estatales y municipales, y las organizaciones civiles que reciban apoyo del gobierno. Esto es para asegurarse de que todos trabajen de manera parecida en la lucha contra los delitos de trata de personas. Básicamente, es una lista de requisitos básicos que deben cumplir esos planes y programas para ser válidos.
Texto oficial
Artículo 81. El Programa Nacional, además de contemplar los rubros establecidos en el artículo 92 de la Ley, deberá incluir los requisitos mínimos que deberán contener los programas y planes para el REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 23-09-2013 20 de 22 combate de los delitos en materia de trata de personas que elaboren las autoridades federales, los gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como las organizaciones de la sociedad civil cuyas actividades cuenten con apoyos oficiales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.