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Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno federal encargada del tema) puede firmar acuerdos legales con los gobiernos de los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México. Esto es para que trabajen juntos y se pongan de acuerdo en cómo hacer el diagnóstico, la planeación, el diseño, la implementación y la evaluación de los programas de prevención social. La idea es que todo esto esté alineado con lo que dice el Programa Nacional. En otras palabras, que los esfuerzos locales sigan las mismas reglas y objetivos que el plan del gobierno federal.

Texto oficial

Artículo 24.- La Secretaría podrá suscribir instrumentos jurídicos con las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a efecto de coordinar esfuerzos para que el diagnóstico, la planeación, el diseño, la implementación y la evaluación de los programas y acciones de prevención social se ajusten al Programa Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.