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Artículo 38 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para prevenir la violencia y la delincuencia, las autoridades tienen que tomar en cuenta lo que piensa la gente y las comunidades. Esto lo hacen usando encuestas, convocatorias abiertas, pláticas y cursos, o investigaciones y publicaciones especializadas. También pueden usar cualquier otro método que decida el Centro Nacional.

Texto oficial

Artículo 38.- Para el diagnóstico, planeación, ejecución, monitoreo y evaluación de la prevención social de la Violencia y la delincuencia, se tomará en consideración la Participación Ciudadana y Comunitaria, la cual se realizará por lo menos, a través de cualquiera de las siguientes acciones: I. Encuestas; II. Convocatorias; III. Seminarios, foros y capacitaciones; IV. Estudios, investigaciones, publicaciones especializadas e intercambio de experiencias, y V. Cualquier otro mecanismo que al efecto determine el Centro Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.