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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1000

Artículo 1000 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los alimentos ya cocidos que venden enlatados o en frascos deben ir en envases limpios y desinfectados para no hacer daño. Además, tienen que cocinarse con un calor especial que mate bacterias y evite que se echen a perder. Esto es para que puedas comerlos seguros, aunque hayan pasado semanas o meses en el estante.

Texto oficial

ARTICULO 1000.- Los alimentos preparados envasados, deberán emplear recipientes sanitarios y se someterán a un tratamiento térmico adecuado que asegure su conservación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 88) ↗

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