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Artículo 999 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los alimentos preparados condensados o concentrados son aquellos que se hacen más espesos o reducidos al quitarles parte del agua que contienen, como un caldo concentrado o una sopa envasada. Esto se logra hirviéndolos para que se evapore el líquido o usando otro método que haya autorizado la Secretaría de Salud. Básicamente, son comidas ya preparadas a las que se les ha quitado agua para que ocupen menos espacio o duren más tiempo.

Texto oficial

ARTICULO 999. Se entiende por alimentos preparados condensados o concentrados, los obtenidos por concentración mediante la evaporación parcial del contenido de agua u otro proceso autorizado por la Secretaría, de las diversas especialidades culinarias específicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

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