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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
102

Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio donde manejas plaguicidas, fertilizantes o sustancias tóxicas (ya sea que los proceses, transportes o los deseches), y ocurre un accidente o algo raro en tus instalaciones que pueda causar una fuga de esos productos, debes avisar a la autoridad de salud de inmediato. Esto aplica si la fuga puede hacer que los niveles de esas sustancias suban más de lo permitido. Además, la persona que tiene la licencia sanitaria es tan responsable como tú de que ese aviso se dé a tiempo para evitar riesgos o daños a la salud.

Texto oficial

ARTICULO 102.- El responsable de los establecimientos, destinados al proceso de plaguicidas, fertilizantes o sustancias tóxicas, de los transportes o sitios de disposición final de los mismos productos, deberá notificar inmediatamente a la autoridad sanitaria de cualquier irregularidad o accidentes que ocurran en las instalaciones o equipos, que dé o pueda dar lugar a un escape de los productos o sustancias, por el cual se alcancen concentraciones superiores a las autorizadas. El titular de la licencia sanitaria es solidariamente responsable de que dicha notificación se efectúe oportunamente para prevenir riesgos y daños a la salud.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 18) ↗

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