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Artículo 1058 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve porque fue eliminado o derogado desde el 9 de agosto de 1999. Eso significa que ya no tiene ningún efecto legal ni aplica en la actualidad. Básicamente, es como si jamás hubiera existido para cualquier trámite o situación. No debes tomarlo en cuenta si buscas información vigente.

Texto oficial

ARTICULO 1058.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 91) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.