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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
126

Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un lugar que usa radiación para tratamientos médicos (como rayos X o radioterapia), la ley te obliga a tener servicios que revisen que todo esté en orden en cuanto a salud y seguridad. Esto significa que debes checar que no haya riesgos para los pacientes, los doctores o cualquier persona cerca. El objetivo es asegurarse de que el equipo y las medidas de protección funcionen bien y no causen daños.

Texto oficial

ARTICULO 126.- Los establecimientos donde se utilicen u operen fuentes de radiación ionizantes con fines médicos, requieren contar con servicios de control de condición sanitaria en seguridad radiológica.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 21) ↗

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