Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada, lo quitaron de la ley desde el 4 de febrero de 1998, como si lo hubieran borrado para siempre. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no está vigente y no tienes que aplicarla ni preocuparte por ella. Es como si la página de un reglamento hubiera sido arrancada y ya no existiera legalmente. En resumen, no le hagas caso porque ya no tiene ningún efecto desde hace más de 25 años.

Texto oficial

ARTICULO 151.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.