Artículo 152 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede darte permiso para traer del extranjero materias primas o productos que aún no tienen registro oficial, pero solo la cantidad justa que necesites para tramitar ese registro. También aplica si los ocupas para hacer pruebas de venta o para investigaciones científicas. Básicamente, te dejan importar cosas no registradas, pero en cantidades limitadas y con un propósito específico, como sacar el permiso o hacer estudios.
Texto oficial
ARTICULO 152.- La Secretaría podrá otorgar el permiso para la importación de materias primas o productos no registrados, en las cantidades estrictamente necesarias para el trámite de registro o en su caso, para pruebas comerciales o con fines de investigación científica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.