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Artículo 161 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos asuntos) tiene el derecho de revisar en cualquier momento los productos y materias primas que se importan a México, para asegurarse de que sean legales y no dañen la salud. Si encuentra algo sospechoso o riesgoso, puede tomar acciones para proteger a la gente, como detener el producto o aplicar sanciones. Todo esto está basado en lo que dicen la Ley y el Reglamento correspondiente.

Texto oficial

ARTICULO 161.- La Secretaría podrá en todo tiempo verificar la identidad y condición sanitaria de los productos y materias primas de importación, pudiendo aplicar las medidas de seguridad previstas en la Ley y el presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.