Artículo 161 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos asuntos) tiene el derecho de revisar en cualquier momento los productos y materias primas que se importan a México, para asegurarse de que sean legales y no dañen la salud. Si encuentra algo sospechoso o riesgoso, puede tomar acciones para proteger a la gente, como detener el producto o aplicar sanciones. Todo esto está basado en lo que dicen la Ley y el Reglamento correspondiente.
Texto oficial
ARTICULO 161.- La Secretaría podrá en todo tiempo verificar la identidad y condición sanitaria de los productos y materias primas de importación, pudiendo aplicar las medidas de seguridad previstas en la Ley y el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.