Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes usar productos o equipos de los que habla el artículo 167 si no tienen su registro sanitario, que es como un permiso oficial que dice que son seguros. Tampoco está permitido ponerle a un producto un permiso que no sea suyo, como si le prestaras un documento falso. En corto, cualquier cosa que hagas con esos productos sin el permiso correcto está prohibida. Si no tienes el registro, mejor no los toques ni los ocupes.
Texto oficial
ARTICULO 170.- Queda prohibido realizar cualquier acto relacionado con el proceso, uso o disposición de los productos y equipos a que se refiere el artículo 167 de este Reglamento, cuando no cuenten con el registro sanitario correspondiente, así como, la utilización de registros sanitarios en productos que no cuenten con dicha autorización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.