Artículo 188 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La autoridad de salud puede quitarte los permisos que te haya dado antes, pero solo si tú caes en uno de los casos que dice el artículo 380 de la Ley. Es como cuando te dan un permiso para vender algo, pero si no cumples las reglas, te lo pueden cancelar. Eso sí, no pueden hacerlo a su antojo, solo cuando la ley lo permita.
Texto oficial
ARTICULO 188.- La autoridad sanitaria podrá revocar las autorizaciones que haya otorgado, en los casos previstos en el artículo 380 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.