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Artículo 226 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad de salud te va a dar a conocer información útil para que en tu casa mantengas el agua limpia y segura para beber. Es como si te dieran consejos prácticos sobre cómo guardar el agua, hervirla o clorarla sin que se eche a perder. Así, tú y tu familia pueden evitar enfermedades al asegurarse de que el agua de la llave o almacenada esté en buen estado. Todo esto lo hacen para que tú puedas cuidar la calidad del agua dentro de tu hogar.

Texto oficial

ARTICULO 226.- La autoridad sanitaria divulgará la información necesaria para que la población atienda eficazmente a la conservación intradomiciliaria de la potabilidad del agua.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.