- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 344
Artículo 344 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido, está tachado de la ley. Simplemente se eliminó oficialmente en agosto de 1999, así que ya no hay reglas que aplicar sobre ese tema. Lo mismo pasó con todo el capítulo de quesos al que pertenecía. En corto, no te preocupes por lo que dice porque ya no existe.
Texto oficial
ARTICULO 344.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO XI Quesos (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.