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Artículo 343 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. El artículo 343 ya no se aplica desde el 9 de agosto de 1999. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es válido ni vigente.

Texto oficial

ARTICULO 343.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-12-2004 46 de 125

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

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