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Artículo 426 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 426 ya no existe como ley, porque fue eliminado oficialmente el 9 de agosto de 1999. Esto significa que no tienes que cumplir con lo que decía, ni te afecta de ninguna manera, pues fue borrado del Código. Quedó sin efecto, como si nunca hubiera estado vigente.

Texto oficial

ARTICULO 426.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.