Artículo 479 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Decir que está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. No tienes que preocuparte por obedecerlo ni tomarlo en cuenta. En realidad, es como si ese artículo nunca hubiera existido para efectos legales actuales.
Texto oficial
ARTICULO 479.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.