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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/548
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
548

Artículo 548 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 548 ya no existe en la ley, porque fue derogado el 9 de agosto de 1999. Eso significa que ya no tiene ningún efecto legal, ni se aplica ni te obliga a nada. En pocas palabras, puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera estado en el código.

Texto oficial

ARTICULO 548.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 59) ↗

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