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Artículo 569 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 569 ya no existe porque fue derogado el 9 de agosto de 1999. "Derogar" significa que esa ley se canceló o eliminó oficialmente, así que ya no tiene ningún efecto legal. Si buscas una regla sobre ese tema, ya no aplica y debes revisar leyes más recientes. No te preocupes por lo que decía, ya no es válido.

Texto oficial

ARTICULO 569.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.