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Artículo 570 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 570 fue eliminado de la ley por completo desde el 9 de agosto de 1999. Eso quiere decir que ya no existe ni se aplica, como si nunca hubiera estado escrito. En términos legales, cuando un artículo se deroga, pierde toda validez y no tienes que preocuparte por cumplirlo.

Texto oficial

ARTICULO 570.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.