Artículo 570 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 570 fue eliminado de la ley por completo desde el 9 de agosto de 1999. Eso quiere decir que ya no existe ni se aplica, como si nunca hubiera estado escrito. En términos legales, cuando un artículo se deroga, pierde toda validez y no tienes que preocuparte por cumplirlo.
Texto oficial
ARTICULO 570.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.