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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/649
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
649

Artículo 649 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley en 1999. En México, cuando una ley dice "derogado" quiere decir que ya no tiene ningún efecto. No tienes que cumplir con lo que decía ni te puede afectar. Mejor busca la versión actual de la ley para saber qué reglas aplican hoy.

Texto oficial

ARTICULO 649.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 65) ↗

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