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Artículo 805 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 805 sobre bebidas no alcohólicas congeladas ya no existe porque lo quitaron de la ley desde 1999. Está "derogado", que significa que cancelaron esa regla oficialmente. Así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo.

Texto oficial

ARTICULO 805.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO III Bebidas no alcohólicas congeladas (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.