Artículo 979 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los ingredientes que se usan para hacer los productos de los que habla esta ley deben tener solo la cantidad de basuritas o cosas raras que la Secretaría permita. Eso quiere decir que no pueden traer tierra, pelos, partes de insectos ni nada así por arriba de lo que la autoridad sanitaria diga. La Secretaría pone un tope máximo de esas impurezas para que los alimentos sean seguros. Si un ingrediente tiene más mugre del límite, no se puede usar para fabricar esos productos.
Texto oficial
ARTICULO 979.- Los ingredientes utilizados para elaborar los productos objeto de este Título, deberán cumplir con los límites de material extraño que establezca la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.