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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
995

Artículo 995 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que una "salsa o aderezo deshidratado" es ese polvo o mezcla seca que usas para preparar salsas o aderezos, como los sobres de consomé o de salsa para pastas. Antes de ser polvo, esos productos eran los mismos que ya vienen listos o en pasta, pero solo que les quitaron el agua mediante un proceso especial. En pocas palabras, es la versión seca de una salsa o aderezo normal.

Texto oficial

ARTICULO 995.- Se entiende por salsas o aderezos deshidratados a los productos comprendidos en el artículo 970 del Título Décimo Séptimo de este Reglamento, sometidos a un proceso de deshidratación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 87) ↗

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