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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1002

Artículo 1002 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los alimentos que ya están listos para comerse, como los que venden en la tienda refrigerados o congelados, no deben tener bichos (microorganismos) que te enfermen, venenos de esos bichos (toxinas) o cualquier sustancia dañina para tu cuerpo. Tampoco pueden llevar cosas que impidan que los microorganismos se desarrollen, porque eso podría alterar el alimento. En pocas palabras, la ley dice que esos productos deben estar limpios y seguros para que los puedas comer sin riesgo.

Texto oficial

ARTICULO 1002.-Los alimentos preparados, refrigerados o congelados no deberán contener microorganismos patógenos, toxinas micrObianas, inhibidores microbianos ni sustancias tóxicas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 103) ↗

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