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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1017

Artículo 1017 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que para hacer licores puedes hacer ciertas operaciones sin pedir permiso a la Secretaría (la autoridad que regula esto). Por ejemplo, puedes clarificar el licor usando clara de huevo u otras sustancias que la Secretaría ya haya aprobado. También puedes filtrarlo con materiales como celulosa o arena, quitarle color o “azufre” con carbón activado, o aplicar tratamientos como enfriarlo, calentarlo o airearlo si mejora la calidad. Además, puedes agregarle ácidos como el cítrico o tártrico, y caramelo para que tenga un color parejo.

Texto oficial

ARTICULO 1017.-En la elaboraci6n de licores. se podrán utilizar sin que se requie• ra autorizaci6n de la Secretaria. las siguientes operaciones: l. Clarificación con albúmina o con cualquiera otra de las sustancias autorizadas por la Secretaria; 11. Filtración a través de la celulosa, arena u otros productos aceptados por la Se• cretaria; III. Decoloración o destufado con tierra de infusorios, carbón activado u otros ab• sorbentes autorizados por la Secretaria; IV. En el caso de que los productos los requieran para mejorar su ealidad o caracte• ristica, tratamiento por enfriamiento, por calentamiento o por ambos, homogeneización y por oxigenación mediante trasiego; V. Adición de icidos cltricos o tart4ricos, y VI. La adición de caramelo para uniformar la coloración. 106 Primera Sección DIARIO OFICIAL Lunes 18 de enero de 1988

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 105) ↗

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