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Artículo 1031 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre los límites que debe cumplir el vermut y los vinos aromatizados. Para empezar, su contenido de alcohol no puede pasar los 20 grados Gay-Lussac (GL), que es una forma de medir qué tanto alcohol tiene una bebida a una temperatura de 15 grados centígrados. Además, estos productos deben tener al menos el 75% de su composición hecha con vino de uva, ya sea de uva fresca o de uva pasa. En otras palabras, el alcohol no debe ser demasiado fuerte y la mayor parte de la bebida debe ser vino de uva.

Texto oficial

ARTICULO 1031.-Los vermouths y vinos aromatizados tendrán no más de 20° GL de alcohol en volumen a 15°C., y un minimo de 75% de vino de uva fresca o vino de uva pasa. Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL CAPITULO IV Sidras Primera Sección 109

Ver ley oficial en el DOF (pág. 108) ↗

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