- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1031
Artículo 1031 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre los límites que debe cumplir el vermut y los vinos aromatizados. Para empezar, su contenido de alcohol no puede pasar los 20 grados Gay-Lussac (GL), que es una forma de medir qué tanto alcohol tiene una bebida a una temperatura de 15 grados centígrados. Además, estos productos deben tener al menos el 75% de su composición hecha con vino de uva, ya sea de uva fresca o de uva pasa. En otras palabras, el alcohol no debe ser demasiado fuerte y la mayor parte de la bebida debe ser vino de uva.
Texto oficial
ARTICULO 1031.-Los vermouths y vinos aromatizados tendrán no más de 20° GL de alcohol en volumen a 15°C., y un minimo de 75% de vino de uva fresca o vino de uva pasa. Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL CAPITULO IV Sidras Primera Sección 109
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.