Artículo 1037 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la cerveza debe cumplir con ciertos límites mínimos en su composición. Por ejemplo, debe tener al menos 0.998 de peso específico a 20°C, y un mínimo de 2.03% de alcohol por peso. También se fija un mínimo de 0.07% de acidez (medida como ácido láctico) y 0.18% de proteínas. Estos números son como una receta básica: si la cerveza no los alcanza, no cumple con la ley. Es decir, la ley pone un piso para que la cerveza sea considerada como tal.
Texto oficial
ARTICULO 1037.-Las especificaciones físicas y qimicas de las cervezas quedarán comprendidas ente limites que se señalan a c:ontinuación: Mínimos Peso especifico a 20°C................................................ 0.998 'Extracto real % ............................................. ,......... 0.95 Alcohol por peso a 20°C. % ........................... ,.......... 2.03 Alcohol por volumen, grados Gay Lussac. 15°....... 2.00 Acidez total en ácido láctico %............................... 0.07 Proteínas (N total x 6.25)%..................................... 0.18 Azúcares reductores en maltosa %......................... 0.50
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.